HISTORIA DEL
CONSTINTUCIONALISMO ESPAÑOL
Durante la
segunda mitad del siglo XVIII fue surgiendo en España una inquietud
constitucional. La proclamación de la Constitución americana y la Revolución Francesa
advirtieron de la necesidad de alcanzar un acuerdo constitucional con el fin de
evitar estallidos revolucionarios.
Las
constituciones se presentaron como una norma que respondía a unos principios de
ordenación del Estado y de la sociedad, como la división de poderes y los
derechos de los ciudadanos.
La historia del
constitucionalismo español es larga y compleja a la par que un reflejo de los
cambios políticos de los siglos XIX y XX.
El enfrentamiento
entre Carlos IV y su hijo Fernando VII (motín de Aranjuez) facilita la
intervención de Napoleón en España.
El ejército
francés se extiende rápidamente en todo el territorio y Napoleón coloca a su
hermano José Bonaparte como Rey. Para consolidar su intervención, Napoleón
aprueba el Estatuto de Bayona, al no ser elaborado por los representantes de la Nación , no puede
considerarse una Constitución, sino una Carta otorgada.
La marcha de
Fernando VII y la presencia invasora francesa provocó un vacío de poder en 1808. La guerra había empezado
y la resistencia se estructura a través de juntas provinciales y locales que
representan un auténtico poder paralelo, hecho que conllevaría a que la
legitimidad monárquica diera paso a la popular.
La nuevas Cortes
elaboraran una constitución que será proclamada el 19 de marzo de 1812 y que
supone un acuerdo entre liberales y absolutistas.
Se aprobaron
leyes y decretos encaminados a eliminar el Antiguo Régimen y ordenar el Estado
como un Régimen liberal.
Las características que definen esta
Constitución son las siguientes:
La constitución
contienen una amplia declaración de
derechos de los ciudadanos como: libertad de pensamiento, opinión, derecho
a la propiedad etc.
La estructura del Estado se basa en la división de poderes. El Legislativo corresponde a las Cortes unicamerales, que elaboran
leyes, aprueban presupuestos, tratados internacionales, sucesión etc. El ejecutivo recae en el monarca que
dirige el gobierno, sus decisiones debían ser refrendadas por los ministros. El poder judicial estaba en manos de
los tribunales que mantenían los principios de un estado de derecho.
El Estado se
declara confesional católico, ya que
hay un compromiso entre liberales y absolutistas para reconocer la preeminencia
de la iglesia.
Se reconocerá un sufragio universal masculino indirecto
Otros artículos
planteaban la creación de un ejército nacional, la implantación de la enseñanza
pública, gratuita y obligatoria, y la creación de la milicia nacional. También
se anularon los gremios y se abolió la Inquisición.
La situación
revolucionaria creada por la guerra fue aprovechada para crear un marco
legislativo más avanzado de lo que hubiera sido posible en épocas de
normalidad.
No obstante la
guerra impidió la aplicación de la Constitución y la vuelta de Fernando VII frustró
la implantación del liberalismo y condujo a España, de nuevo, al absolutismo.
A la muerte de
Fernando VII se inicia la primera guerra carlista. En este contexto, Mª
Cristina, la Regente ,
pactará con los liberales para defender el trono de su hija. En 1837 se redactará una nueva Constitución que intentará satisfacer a
los progresistas y a los moderados, los moderados impondrán un sistema bicameral
(Congreso y Senado), el voto será
censitario y la corona ampliará sus poderes. Los progresistas mantendrán la
soberanía nacional, una amplia declaración de derechos, la división de poderes y la aconfesionalidad del Estado, aunque
pasando un presupuesto a la iglesia.
En 1840,
Espartero ocupa la regencia ya que Mª Cristina ha renunciado. Su autoritarismo le
aislará, incluso, de los progresistas. En 1943, Espartero, abandona la regencia
y se adelanta la mayoría de edad de Isabel II, que es coronada reina a los 13
años.
Las elecciones
que se convocaron en 1844 dieron la mayoría
a los moderados y Narváez presidió un gobierno basado en los principios
del liberalismo moderado. En este contexto se elaboró la Constitución de 1845 que reconoce la soberanía
compartida, el sufragio censitario,
la confesionalidad católica del
Estado, las cortes bicamerales, la
declaración de derechos se remite a leyes posteriores lo que supone una restricción a las libertades, también
es interesante destacar que los Ayuntamientos quedaron sometidos a la Administración
central. Así pues la nueva constitución es un fiel reflejo de esta década moderada que defiende los
intereses de la burguesía terrateniente.
Sin embargo los
gobiernos moderados no consiguieron estabilidad ya que la vida política se
desarrollaba alrededor de las distintas camarillas que buscaban el favor real o
gubernamental.
El partido
moderado sufrió un proceso de división cuando Bravo Murillo intentó en 1852
transformar el estado en una dictadura tecnocrática, gobernando por decreto y
suspendiendo indefinidamente las Cortes. Pero fracasó por la oposición de un
sector de los moderados que consiguió apartar del poder a Bravo Murillo. El
descontento fue generalizado y una nueva revolución puso a los progresistas en
el poder.
En este contexto
surge el Bienio Progresista
(1854-1856). O’Donnell se situó al
frente del pronunciamiento de Vicálvaro,
Los militares sublevados redactaron el Manifiesto de Manzanares en el que se
demandaba el cumplimiento de la
Constitución de 1845, la reforma de la ley electoral y la restauración de la milicia.
Espartero fue
llamado por Isabel II para ocupar la presidencia del gobierno. En este período
se elaboró la Ley
general de Ferrocarriles y se puso en marcha la desamortización de Madoz.
El nuevo Gobierno
intentó restaurar los principios del progresismo y preparó una nueva Constitución la de 1856, llamada también la “non
nata” ya que nunca llegó a ser promulgada, pero recogía el ideario liberal
progresista.
Sin embargo las discrepancias
entre Espartero y O’Donnell se
intensificaron y la reina nombró a este presidente del gobierno.
Entre 1863 y 1868
estuvo Narváez en el poder, pero su autoritarismo y las crisis de subsistencia,
financiera e industrial, junto al deterioro político provocaran que
progresistas y demócratas firmen el Pacto de Ostende en el que se acuerda la
caída de los borbones y el sufragio universal.
La revolución Gloriosa supondrá el fin de los moderados y el exilio de Isabel II. Se
instaurará un gobierno provisional encargado de convocar elecciones a Cortes
Constituyentes. En este contexto surge la Constitución de 1869. Podemos definirla como la
primera constitución democrática, en
la que se proclama la
Soberanía Nacional.
Aunque el Estado se declara monárquico la facultad de hacer las leyes recae
exclusivamente en las Cortes que están compuestas por Congreso y Senado cuyos miembros son elegidos por sufragio universal masculino. Con
respecto a las relaciones con la
Iglesia el Estado se declara aconfesional aunque se mantiene
el culto católico. Se establece una amplia
declaración de derechos y libertades tales como asociación y reunión,
libertad de enseñanza etc.
Durante el
Sexenio Democrático se ofrecerá el trono a Amadeo de Saboya, pero la falta de
apoyos provocará su dimisión en 1873. El mismo día de se proclamó la 1ª
República.
Se intentó
proclamar una nueva constitución que definía a España como una República Federal pero no llegó a
proclamarse ya que en 1874, Martínez Campos dio un golpe de Estado y proclamó
la vuelta de los borbones en la figura de Alfonso XII.
Cánovas del Castillo será el artífice del nuevo sistema basado en el bipartidismo y la
alternancia pacífica en el poder de dos grandes partidos, el conservador
(liderado por Cánovas) y el liberal (liderado por Sagasta). Aunque ambos
partidos difieren en algunos aspectos como el sufragio o las relaciones con la
iglesia, en lo esencial están de acuerdo: para que el turno pacífico funcione
es necesario el fraude y la manipulación electoral.
En este contexto
surge la Constitución de 1876, con un carácter moderado e
inspirada en valores como la monarquía, la propiedad y la religión.
Las
características de esta constitución vienen determinadas por ese carácter
conservador que establece la soberanía
compartida, el sufragio censitario (aunque
en 1890 pasó a ser universal masculino). El Estado declaró el catolicismo como religión oficial. Las Cortes eran bicamerales y la declaración de derechos y libertades
quedaba remitida a leyes ordinarias que en la práctica los restringían, fundamentalmente el de imprenta, asociación y reunión.
Alfonso XIII
apoyó al dictador hasta 1930, año en que le retiró su confianza y nombró al
general Berenguer como nuevo presidente del gobierno. Su intento de restaurar la Constitución pero volver
a la normalidad fue imposible ya que el monarca se había comprometido
excesivamente con la dictadura.
En 1931 se
celebraron elecciones municipales y estas dieron la victoria a las fuerzas
republicanas en las grandes ciudades. El día 14 de abril se proclamó la Segunda República
española y de nuevo un Borbón partió al exilio, en este caso Alfonso XIII.
El nuevo Régimen
fue considerado por la mayoría de la población como una oportunidad para
democratizar y modernizar el país. Se inició un amplio programa de reformas
sociales y económicas.
Niceto Alcalá
Zamora fue nombrado `presidente de la República y Manuel Azaña del gobierno.
Las nuevas Cortes
republicanas nombraron una comisión
encargada de elaborar un proyecto de Constitución.
El Estado se
configuraba de forma integral aunque se aceptaban los gobiernos autónomos en
algunas regiones.
El poder legislativo residía en las Cortes unicamerales, el ejecutivo recaía en el gobierno y el poder judicial en los jueces independientes.
Se reconocía una amplia declaración de derechos y libertades,
garantizándose la igualdad de los ciudadanos ante la ley, la educación y el
trabajo.
El sufragio fue universal y por primera vez votaron las mujeres.
Con respecto a
las relaciones con la iglesia el Estado
se declaró laico y se permitió el matrimonio civil y el divorcio.
Al finalizar la Guerra Civil , se
estableció en España una dictadura militar que duraría hasta la muerte del
dictador en 1975. Durante este largo período desparecieron las conquistas
democráticas que se lograron durante la Segunda República.
Después de la
muerte de Franco se inicia un proceso de transición política en el que se
promulgó la Constitución de 1978, mediante la cual se
estableció un sistema de monarquía constitucional, en pocos años España se
situó al mismo nivel que las democracias parlamentarias europeas.
Las nuevas Cortes
acordaron crear una comisión parlamentaria para redactar una Constitución Democrática.
Participaron diputados de todos los partidos con representación parlamentaria,
excepto la minoría vasca que renunció.
La constitución adoptó
un carácter progresista, aunque en
algunos aspectos existía y existe
cierta ambigüedad fruto del consenso
que supuso que los principios redactados fueran aceptados tanto por la derecha
como por la izquierda democrática.
También se
regulan aspectos sociales y económicos, y aunque se reconoce el libre mercado,
el Estado prevé la posibilidad de planificación económica.
También instaura
un Tribunal Constitucional y los
mecanismos necesarios de la reforma del texto constitucional.
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